Miércoles 27 de Agosto de 2025

26 de agosto de 2025

Tucumán: condenan por defraudación a tres exdirectivos de la Universidad Nacional de Tucumán y les imponen penas de hasta 3 años y medio de prisión y reparaciones millonarias

El exrector Juan Alberto Cerisola y otros dos funcionarios universitarios fueron hallados culpables por malversar sumas millonarias que ingresaron al patrimonio de la casa de estudios. Los hechos que incluyen sobreprecios en la contratación de obra pública, la colocación irregular de dinero en inversiones financieras y la renuncia a utilidades que le correspondían a la UNT de la empresa Yacimientos Mineros Agua de Dionisio. Hubo un absuelto.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOCF) de Tucumán condenó hoy a penas de hasta 3 años y medio de prisión a tres exintegrantes de la cúpula directiva de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) por administración fraudulenta en relación al manejo de fondos públicos que ingresaban a casa de estudios. Además, fueron sentenciados a pagar una reparación millonaria, que se deberá actualizar por índice IPC desde el momento de los hechos -cometidos entre 2006 y 2011- hasta la efectivización de su pago. En el juicio intervinieron los fiscales Pablo Camuña y Agustín Chit y la auxiliar fiscal Lucía Doz Costa.

Los jueces Ana Carina Farías, Abelardo Jorge Basbús y Enrique Lilljedahl dieron por acreditado una serie de hechos sucedidos en ese período de cinco años que incluyen sobreprecios en la contratación de obra pública, la colocación irregular de dinero de la universidad en inversiones financieras y la renuncia arbitraria a las utilidades que le correspondían a la UNT de la empresa Yacimientos Mineros Agua de Dionisio (YMAD).

El TOCF condenó a tres de los cuatro imputados para quienes el Ministerio Público Fiscal había solicitado pena en su alegato de junio pasado.

La pena más elevada fue para el exrector de la universidad, Juan Alberto Cerisola, quien fue condenado a 3 años y 6 meses de prisión como autor penalmente responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público y como coautor de defraudación en perjuicio de la administración pública.

En tanto, solo por el segundo de esos delitos y en carácter de coautores, la exdirectora general de Construcciones Universitarias, Olga Graciela Cudmani, recibió una pena de 3 años y 2 meses de prisión, y el exdirector de Inversiones y Contrataciones, Osvaldo Venturino, otra de 2 años de prisión en suspenso.

Los tres además recibieron inhabilitación especial y perpetua para desempeñarse como funcionarios públicos.

A su vez, un cuarto imputado, el exsubsecretario administrativo de la universidad, Luis Fernando Sacca, fue absuelto por el beneficio de la duda.

Además, se estableció que Cerisola y Cudmani deben realizar un pago solidario de $39.277.376, que se deberá actualizar conforme índice IPC desde la entrega de la última obra objeto de la causa, el 30 de octubre de 2012, que se establece como fecha de mora, y hasta su pago efectivo.

En tanto, Cudmani y Venturino deberán realizar un pago de $717.000,66, en relación a la readecuación económica financiera respecto de una de las obras objeto del debate, una suma que se actualizará desde la fecha de mora del 22 de diciembre de 2011 hasta su respectivo pago.

El juicio -iniciado en junio de 2024- se desarrolló durante 14 meses, con más de 40 audiencias, más de 50 testigos y peritos en sala. A lo largo del proceso, se incorporaron 50 cajas de documentos y se realizaron 11 inspecciones oculares en 11 de las 13 obras analizadas.

El tribunal anunció que los fundamentos de la sentencia se conocerán dentro de los próximos 40 días hábiles.

Los hechos

Según el requerimiento de elevación a juicio elaborado por el fiscal Carlos Brito, entre 2006 y 2009 la Universidad Nacional de Tucumán recibió -como parte del convenio que la une a la empresa minera YMAD- cuantiosas sumas de dinero que habrían sido puestas a disposición del entonces rector Cerisola. Según surge de la Ley 14.711, ese dinero aportado por la compañía tenía como destino exclusivo la finalización de la Ciudad Universitaria, un proyecto de infraestructura edilicia que se había planificado durante 1946 y el cual debía ejecutarse en las Sierras de San Javier. De acuerdo a la normativa, estaba destinado a ser, por sus características y trascendencia, el mayor emprendimiento en esta materia en la República Argentina. Sin embargo, una vez recepcionados esos fondos, el uso y destino de ellos se apartó de lo establecido por la ley entonces vigente.

En el requerimiento, el Ministerio Público Fiscal consideró como uno de los puntos centrales de la acusación el establecimiento de un sistema paralelo e ilegal para el tratamiento de los recursos provenientes de YMAD, incluido un subsistema de contratación de obras públicas. Según la fiscalía, este sistema se caracterizó por su oscuridad, falta de controles, falta de transparencia, discrecionalidad y fue el que generó, en definitiva, un perjuicio de gran importancia para la universidad.

También hizo foco en la utilización de esos fondos para la ejecución de diferentes obras (distintas al destino original de la Ciudad Universitaria) bajo la órbita del Rectorado y la Dirección General de Construcciones Universitarias, en la cual se ejecutaron 13 obras correspondientes a diferentes espacios y unidades académicas de la UNT. Allí se detectaron un sinfín de irregularidades, entre ellas, pago de sobreprecios, incumplimiento del procedimiento instituido por la normativa vigente y los pliegos de contratación, ejecución de rubros sin justificación técnica y direccionamientos de adjudicatarios.

Dentro de este tema, también fue controvertido el reconocimiento que se hizo con autorización de la Dirección de Inversiones y Contrataciones de la UNT en favor de una de las empresas contratistas de un monto dinerario que resulta ampliamente superior que al reclamado por la ejecución del contrato.

Otro de los puntos repasado en el requerimiento, fue la colocación de inversiones de carácter financiero por parte del Rectorado y la Subsecretaría Administrativa de la UNT del capital recibido desde YMAD. Según la acusación de la fiscalía, se colocaron fondos de la universidad en inversiones fiduciarias y a plazo fijo de forma irregular, sin un criterio objetivo de asignación, sin contar con la autorización de la Tesorería General de la Nación, en entidades financieras no reconocidas por el Banco Central de la República Argentina, de lo cual habría derivado un perjuicio a la UNT.

Por último, la acusación fiscal hizo foco en la renuncia que habría hecho el exrector Juan Alberto Cerisola a la percepción de beneficios que le correspondían a la universidad. Así, habría consentido la reducción de utilidades pertenecientes a la UNT, fijadas por ley en un 40% de las ganancias liquidas efectuadas por YMAD.

El alegato del MPF

En su intervención, Camuña, Chit, y Doz Costa realizaron su exposición centrándose en tres bloques de imputación:

  • La renuncia a fondos de YMAD: el artículo 18 inciso b) de la ley 14.771, sancionada en 1959, preveía la entrega del 40 por ciento de las utilidades de la empresa minera a la UNT para la construcción de la Ciudad Universitaria, según planos aprobados en ese momento, luego de lo cual y concluida la obra, pasaría a recibir la mitad (o sea, el 20 por ciento). De acuerdo con la fiscalía, Cerisola, sin ningún plan de obras, fundamento técnico o profesional y sin la intervención del Consejo Superior, dio por finalizada la Ciudad Universitaria cuando quedó demostrado en juicio no sólo que no se había realizado ningún esfuerzo en ese sentido, sino que se había apartado de la normativa para destinar los fondos a la realización de forma discrecional de obras aisladas en distintas facultades. La renuncia implicó, sólo hasta 2010, la pérdida para la UNT de acceder a fondos equivalentes a más de 64 mil millones de pesos actuales.
  • Contrataciones de obras con fondos de YMAD: La acusación dirigida contra Cerisola, Cudmani y Venturino se centró en la defraudación a la UNT y la violación de sus deberes funcionales en lo relativo a la tramitación, ejecución y control de, al menos, 13 obras que fueron analizadas en el debate oral. Venturino fue acusado en relación a su actuación por una obra en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Se indicó que en este contexto el entonces rector había alterado el organigrama histórico de la UNT para poner bajo su órbita directa (sin controles por oposición ni verticales) a la Dirección General de Construcciones Universitarias, a cargo de Cudmani, quien tenía a su vez a cargo la Dirección de Inversiones y Contrataciones, cuyo titular era Venturino.
  • Inversiones financieras irregulares: la fiscalía también alegó sobre la demostrada aplicación de un subsistema ilegal de colocación financiera de los fondos provenientes de YMAD, “caracterizado por su opacidad, falta de controles y de transparencia y sujeto a una total discrecionalidad”, por el que llegaron acusados Cerisola y Luis Fernando Sacca, por entonces subsecretario administrativo de la UNT.

De acuerdo a los representantes del MPF, los fondos millonarios se habían colocado en distintas instituciones bancarias, algunas de poca fiabilidad en la plaza e incluso en fideicomisos sin los controles exigidos por las normas nacionales, por plazos muy extensos y sin ningún tipo de proceso de selección. Ejemplo de ello son las inversiones de plazo fijo por un monto de 15 millones de pesos por 547 días en el Banco Servicios y Transacciones, o el plazo fijo realizado en el Banco Piano por un monto de 18 millones de pesos por un plazo de 455 días o los tres fideicomisos en la financiera Equity Trust por 67.213.000 pesos.

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